Flores: indemnizarán a una mujer que se cayó por una vereda rota

La víctima tenía 65 años cuando sufrió una fractura de codo en enero de 2012. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad del frentista y del Gobierno porteño, aunque en distinta proporción, y elevó la indemnización a $3.050.000 más intereses.

Después de más de 14 años de litigio, una mujer que sufrió una fractura de codo al tropezar con una vereda deteriorada en el barrio porteño de Flores recibirá una indemnización de su vecino frentista y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de ambos por el estado de la acera y elevó el monto establecido en primera instancia.

El accidente ocurrió el 4 de enero de 2012, cuando la mujer tenía 65 años. Según su relato, caminaba por una vereda que presentaba baldosas rotas y flojas, sectores con cemento expuesto y suciedad acumulada, hasta que tropezó y cayó. Como consecuencia del golpe sufrió una fractura en el codo izquierdo y debió atravesar un prolongado proceso de recuperación.

La resolución judicial consideró que tanto el frentista como el Estado porteño tenían obligaciones vinculadas con el mantenimiento y la conservación de la vereda. Si bien la responsabilidad fue distribuida en distinta proporción, los jueces entendieron que el deterioro del espacio público constituyó un factor determinante en el accidente.

De acuerdo con la información publicada por Infobae, la indemnización fue fijada en $3.050.000, más los intereses correspondientes, en concepto de gastos médicos y traslados. La Cámara confirmó el fallo de primera instancia y modificó el monto reconocido a la demandante.

Las pruebas que acreditaron el mal estado de la vereda

Uno de los elementos centrales para reconstruir lo ocurrido fue el registro del Sistema de Atención Médica de Emergencias (SAME). El organismo intervino luego de recibir un llamado del personal de Gendarmería que había asistido a la mujer tras la caída.

Los efectivos tomaron los datos de la víctima y solicitaron asistencia médica. Posteriormente, una ambulancia la trasladó a un hospital porteño, donde recibió atención por la lesión sufrida. Los registros de esa intervención fueron incorporados a las actuaciones judiciales y permitieron respaldar la existencia del accidente y sus consecuencias.

La mujer sostuvo durante el proceso que el sector donde tropezó llevaba años en malas condiciones. Según describió, las baldosas estaban rotas o flojas y había un hueco en medio de la circulación peatonal, con partes de cemento a la vista y suciedad acumulada.

El testimonio de un vecino que presenció la caída también tuvo relevancia. Durante el juicio, el hombre afirmó que el “boquete” llevaba varios años en ese lugar, lo que permitió reforzar la versión de la demandante acerca de que no se trataba de un daño reciente ni de una situación circunstancial.

A esa declaración se sumaron fotografías del sector, certificadas por un escribano en octubre de 2012. También se incorporaron imágenes tomadas en 2018, seis años después del accidente, que mostraban que el deterioro de la vereda continuaba sin modificaciones sustanciales.

Ese material fue considerado dentro del conjunto de pruebas para evaluar las condiciones del lugar y las responsabilidades por su conservación. La persistencia del daño durante varios años resultó un aspecto relevante en la discusión judicial sobre las obligaciones del frentista y del Gobierno de la Ciudad.

Una lesión con consecuencias permanentes

La fractura del codo izquierdo obligó a la mujer a afrontar un tratamiento y una recuperación prolongada. Según las pericias incorporadas al expediente, el accidente le dejó una incapacidad física parcial y permanente del 3%.

La Cámara, sin embargo, no hizo lugar a los planteos relacionados con la incapacidad física y el daño moral en los términos reclamados por la víctima. La modificación del fallo se concentró en la indemnización reconocida por los gastos médicos y los traslados, que quedó establecida en $3.050.000 más intereses.

El caso vuelve a poner en discusión las condiciones de las veredas porteñas y las obligaciones que existen para garantizar la seguridad de quienes circulan a pie. En una ciudad donde miles de personas utilizan diariamente las aceras para trasladarse, la falta de mantenimiento puede convertirse en un riesgo concreto, especialmente para adultos mayores y personas con movilidad reducida.

La resolución también deja en evidencia que los daños ocasionados por el deterioro de la vía pública pueden derivar en responsabilidades compartidas y en procesos judiciales que se extienden durante años. En este caso, la caída ocurrió en 2012 y la definición sobre la indemnización llegó después de más de una década de reclamos.

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